ActualidadDesmentiloVerdaderoCOVID-19: es obligatorio tramitar de manera online un nuevo certificado de circulación

Circula por las redes sociales que es obligatorio tramitar de manera online un nuevo certificado de circulación. Esta información es verdadera.
Ezequiel Casartellimayo 27, 20204 min
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Circula por las redes sociales que a partir del 23 de mayo es obligatorio tramitar de manera online un nuevo certificado de circulación COVID-19. Se prevé que hasta el día 30 de mayo se aceptará el viejo certificado; pero luego todos deberán circular con los nuevos permisos.

El gobierno nacional en su web oficial https://www.argentina.gob.ar/circular comunicó la obligatoriedad en tramitar el documento que posibilita la libre circulación.

Este permiso se puede tramitar a lo relacionado a las denominadas “actividades esenciales” (como son la salud y el rubro alimenticio, entre otros), para “actividades no esenciales”, y para licencias especiales por 48h, por situaciones de excepcionalidad.

Una vez que tramites el permiso, es necesario llevar el certificado con uno mismo siempre. No hace falta imprimirlo. Se instala la app Cuidar en el celular y con eso basta.

¿El uso de Cuidar es obligatorio?

Cuidar es un sistema integral que nos permite gestionar la pandemia. El uso de la aplicación permite que todos realicen un autodiagnóstico para saber cómo están y si tienen síntomas compatibles con COVID-19.

El trabajo con las jurisdicciones, que son las que administran los sistemas de salud, es fundamental; por eso ellas definirán la obligatoriedad del uso de Cuidar.

Todos los ciudadanos que quieran circular deberán tramitar un nuevo permiso de “circulación obligatoria”, ya que a partir del 30 de mayo no habrá ninguna excepción para transitar sin certificado único.

Decreto 355/2020 lo faculta para exceptuar del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas. Esto podrá realizarse previa intervención de la autoridad sanitaria nacional y a pedido de los Gobernadores o de las Gobernadoras de Provincias o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En todos los casos deberán establecerse protocolos de funcionamiento y dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y de seguridad, nacionales y locales.

 

Ezequiel Casartelli

Director Desmiento - Licenciado en Ciencia Política • Máster en Análisis de la Opinión Pública, Encuestas, Medios de Comunicación y Nuevas Tecnologías • Diplomado en Comunicación Política • Especializado en Data Intelligence.

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